Infracciones de Estacionamiento
El Código de la Ciudad de Mesa
10-3-25 expone por escrito la responsabilidad y cumplimiento de las
infracciones de estacionamiento.
El código estipula:
Que una acción legal referente al estacionamiento ilegal se le podrá
entregar al propietario o al conductor del vehículo dejando una copia de la
notificación de estacionamiento adherida al vehículo.
El Código Exige:
Que la persona responda a la notificación a más tardar dentro de siete
días hábiles contados a partir del día en que se emitió la notificación.
La respuesta puede ser hecha ya sea:
A.) Al pagar la cantidad de la multa.
B.) Al solicitar una Audiencia.
C.) Al presentarse al tribunal a explicar las circunstancias de la
infracción.
El código prescribe la cantidad mínima de las multas por cada infracción.
Si la persona no ha respondido y no ha pagado la multa dentro de siete días
hábiles desde que se le entregó la notificación de la infracción, la
cantidad mínima [original] de la multa]será duplicada.
Si la persona no ha respondido a tiempo y no ha pagado la multa dentro de
los treinta días desde que se le entregó la notificación de la infracción,
la cantidad mínima [original] de la multa se cuadruplicará.
Si la persona no ha pagado la multa dentro del tiempo prescrito se le
agregará un recargo de $20.00 a la multa a como lo exige el Estatuto Estatal.